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Medicina Veterinaria Zootecnia

  • Flexibilidad curricular:

    Artículo 26. Para efectos de la flexibilidad curricular el plazo máximo para cursar el plan de estudios de licenciatura o posgrado será el doble de su duración normal prevista. Este plazo se contará a partir de la primera inscripción.
    El plazo mínimo para cursar la totalidad de los créditos de un plan de estudios de licenciatura, con una duración prevista de ocho ciclos lectivos, no podrá ser menor de seis; ni menor de ocho, en el caso de carreras con una duración prevista de doce ciclos lectivos.
    Liga a guía de autoregistro de materias http://www.cusur.udg.mx/induccion-alumnos/documento/autoregistro-de-materias
    Liga al reglamento:
    http://www.secgral.udg.mx/sites/archivos/normatividad/general/ReglaGPE.pdf