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Tecnologías de la Información

  • Preguntas frecuentes

    Pregunta: 
    1. ¿En qué circunstancias se me pueden justificar las inasistencias a clase?
    Respuesta: 

    Los alumnos podrán justificar su falta de asistencia a clases por alguna de las siguientes causas:
    I. Por enfermedad;
    II. Por el cumplimiento de una comisión conferida por autoridad universitaria, con conocimiento del Coordinador de Carrera, en los Centros Universitarios y en el caso del Sistema de Educación Media Superior el Director de Escuela, siempre que los trabajos realizados en ella tengan estrecha relación con los estudios universitarios, y 
    III. Por causa de fuerza mayor justificada que impida al alumno asistir, a juicio del Coordinador de Carrera en los Centros Universitarios y del Director de Escuela en el Sistema de Educación Media Superior. 
    El máximo de faltas de asistencia a clases que se pueden justificar a un alumno no excederá del 20% del total de horas establecidas en el programa de la materia, excepto lo establecido en el último párrafo del artículo 54 de este ordenamiento.

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    Pregunta: 
    ¿En qué turno puedo cursar la licenciatura?
    Respuesta: 

    El turno se asigna matutino para primer ingreso, segundo vespertino, tercero matutino y así sucesivamente. Esto con la finalidad de que si por alguna razón debes recursar una materia lo puedas hacer en el otro turno, evitando así tu rezago.

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    Pregunta: 
    ¿Qué debo hacer para registrar mis materias?
    Respuesta: 

    Verificar el calendario escolar que se publica para las diversas actividades administrativas en la siguiente página:
    http://www.lagos.udg.mx/estudiantes/calendario.
    Haber cubierto el monto de su orden de pago para el siguiente ciclo escolar. Obtener de parte del Coordinador de Carrera los RNC correspondientes a las materias que debes cursar en el siguiente ciclo incluyendo las no aprobadas en el anterior si esto aplicara. Ingresar a la página www.siiau.udg.mx, con su código y nip de estudiante, ir a Alumnos, ir a Registro, ir a Registro, colocar los NRC de las materias elegidas en los espacios correspondiente, presionar el botón guardar, para verificar su registro se recomienda ir a Horario.

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    Pregunta: 
    ¿Qué hago si no estoy de acuerdo en la evaluación de una materia?
    Respuesta: 

    El alumno podrá solicitar por escrito y de manera justificada, la revisión del resultado de su evaluación o de un examen al Jefe del Departamento que tenga a su cargo la materia de que se trata, cuando considere que se ha cometido un error en su calificación.
     
    Dicha revisión deberá solicitarla dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha en que se hayan publicado o notificado los resultados de la evaluación o examen.  
     
    El Jefe del Departamento en los Centros Universitarios, solicitará al profesor responsable de la materia de que se trate que en un plazo de dos días hábiles, le remita los resultados de la evaluación o examen correspondiente, así como los criterios utilizados para calificar. 
     
    El Jefe del Departamento, designará a tres profesores de la Academia respectiva o de una afín a ésta, para que revisen el expediente correspondiente, quienes en un plazo no mayor de dos días resolverán lo que proceda; resolución que será definitiva e inapelable y será turnada debidamente firmada por los académicos al Jefe del Departamento y a la Coordinación de Carrera.  
     
    El Jefe del Departamento, deberá notificar al alumno del resultado de la revisión de su evaluación o examen en un plazo no mayor de dos días hábiles posteriores a la fecha de la resolución.

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    Pregunta: 
    ¿En dónde puedo realizar mis prácticas profesionales?
    Respuesta: 

    En los sectores: Público, social y Privado.
     

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    Pregunta: 
    ¿Cuándo puedo iniciar mi servicio social?
    Respuesta: 

    Los alumnos podrán iniciar la prestación del servicio cuando hayan cubierto un porcentaje del total de créditos del programa de estudios correspondiente, de conformidad con el siguiente criterio:
     
    Los estudiantes de esta licenciatura, deberán haber cubierto al menos el 60% del total de créditos del plan de estudios. Los alumnos o pasantes presentarán su solicitud de inscripción al programa de Servicio Social aprobado en el Centro Universitario o la Coordinación de Vinculación y Servicio Social en los plazos y términos que determine la convocatoria. La Universidad, a través de la Coordinación de Vinculación y Servicio Social, publicará semestralmente en los medios impresos y electrónicos de la Institución, el listado de los programas de servicio social aprobados y la correspondiente convocatoria, a fin de hacerlos del conocimiento de la comunidad universitaria.

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    Pregunta: 
    ¿Cuáles con las modalidades de titulación?
    Respuesta: 

    Se reconocen como modalidades de titulación en la Universidad de Guadalajara, las siguientes opciones genéricas:
     
    I. Desempeño académico sobresaliente: Excelencia académica y Titulación por promedio;
    II. Exámenes: Examen global teórico-práctico, Examen global teórico, Examen general de certificación profesional, Examen de capacitación profesional o técnico - profesional y Replica verbal o por escrito; 
    III. Producción de materiales educativos: Guías comentadas o ilustradas, Paquete didáctico y Propuesta Pedagógica;
    IV. Investigación y estudios de posgrado: Cursos o créditos de maestría o doctorado en Instituciones de Educación Superior de reconocido prestigio, Trabajo monográfico de actualización, Seminario de investigación, Seminario de titulación:, Diseño o rediseño de Equipo, Aparato o Maquinaria; 
    VI. Tesis, Tesina e Informes: Tesis, Tesina, Informe de prácticas profesionales e Informe del servicio social.

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    Pregunta: 
    ¿Cuándo pierdo derecho a ordinario y extraordinario?
    Respuesta: 

    Para que el alumno tenga derecho al registro del resultado final de la evaluación en el periodo ordinario, establecido en el calendario escolar aprobado por el H. Consejo General Universitario, se requiere:
    I. Estar inscrito en el plan de estudios y curso correspondiente, y
    Tener un mínimo de asistencia del 80% a clases y actividades registradas durante el curso.
    Para que el alumno tenga derecho al registro de la calificación en el periodo extraordinario, se requiere: 
    II. Haber pagado el arancel y presentar el comprobante correspondiente. 
    III. Tener un mínimo de asistencia del 65% a clases y actividades registradas durante el curso.
     

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    Pregunta: 
    ¿Qué pasa si repruebo una materia?
    Respuesta: 

    El alumno que por cualquier circunstancia no logre una calificación aprobatoria en el periodo extraordinario, deberá repetir la materia en el ciclo escolar inmediato siguiente en que se ofrezca, teniendo la oportunidad de acreditarla durante el proceso de evaluación ordinaria o en el periodo extraordinario.
    En caso de que el alumno no logre acreditar la materia en estos términos, será dado de baja.

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    Pregunta: 
    ¿Qué debo hacer si estoy en artículos 33 o 35?
    Respuesta: 

    El alumno que haya sido dado de baja conforme al artículo 33 de este ordenamiento podrá solicitar por escrito a la Comisión de Educación del Consejo de Centro o de Escuela, antes del inicio del ciclo inmediato siguiente en que haya sido dado de baja, una nueva oportunidad para acreditar la materia o materias que adeude.
    La Comisión de Educación del Consejo de Centro o de Escuela podrá autorizar una nueva oportunidad para acreditar la materia o materias que adeude el alumno en el ciclo siguiente en que se ofrezcan la o las materias, atendiendo a los argumentos que exprese el alumno en su escrito, su historia académica y conducta observada, así como lo establecido en el artículo 36 de este ordenamiento.
    En caso de autorizarse dicha solicitud, el alumno tendrá la oportunidad de acreditar las materias que adeuda, sólo en el periodo de evaluación ordinaria, en caso de no presentarse al curso y no lograr una calificación aprobatoria, en todas y cada una de las materias que adeude, será dado de baja en forma automática y definitiva.
    Los alumnos que sean dados de baja de la Universidad de Guadalajara conforme a los artículos 32, 33 y 34 de este ordenamiento, no se les autorizará su reingreso a la carrera por la cual se les dio de baja.