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Abogado

  • Servicio social

    El servicio social es la actividad formativa que permite al estudiante el despliegue de habilidades, actitudes, valores, destrezas, y la aplicación de conocimientos que cruzan transversalmente programas educativos, que de manera temporal y obligatoria realizan los alumnos o pasantes de la Universidad en beneficio de la propia Universidad, de la sociedad, del Estado la nación o de la humanidad, a través de los planes y programas de los sectores social, público y privado.
    Según el Artículo 4 del Capítulo primero del RGPSS que habla de disposiciones generales indica que el Servicio Social tiene como objetivos:
    I. Extender los beneficios de la educación, de la ciencia y la tecnología, la técnica y la cultura a la sociedad, con el fin de impulsar el desarrollo sociocultural, especialmente de los grupos sociales más desprotegidos;
    II. Fomentar en el prestador del servicio social, una conciencia de servicio, solidaridad, compromiso y reciprocidad a la sociedad a la que pertenece;
    III. Fomentar la participación de los alumnos o pasantes en la solución de los problemas prioritarios estatales y nacionales;
    IV. Promover en los alumnos y pasantes actitudes reflexivas y críticas, y contribuir a la formación académica y capacitación profesional del prestador de servicio social;
    V. Promover y estimular la participación activa de los prestadores del servicio social, de manera que tengan oportunidad de aplicar, verificar y evaluar los conocimientos, habilidades, actitudes y valores adquiridos, y,
    VI. Fortalecer la vinculación de la Universidad con la sociedad.
     
    Así mismo en el Artículo 5 se indica que la prestación del servicio social es un requisito indispensable para que el estudiante tenga derecho a la evaluación profesional en los programas educativos que la Universidad ofrece señalados en el artículo 2 del presente y la subsecuente obtención del título. Y el número de horas durante las que el alumno o egresado deberá realizar su servicio social es de 480 horas (Articulo 7.); Y podrá iniciar con su Servicio Social cuando el estudiante haya cubierto al menos el 60% del total de créditos del Plan de Estudios correspondiente (Artículo 8).
    Lo anterior establecido en el Reglamento de Servicio Social: Ver archivo adjunto: REGLAMENTO GENERAL PARA LA PRESENTACION DEL SERVICIO SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA
    Está a disposición del alumnado la oficina de la Unidad de Servicio Social del Centro Universitario del Sur, ubicada en el edificio B