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Agronegocios

  • Servicio social

    La Unidad de Servicio Social establece que dicha actividad debe ser una actividad comprometida con la problemática social, que contribuya a la formación de los futuros profesionistas, apoye el desarrollo estatal, regional y nacional, y propicie mayores oportunidades para el desarrollo de los estudiantes y la comunidad en general.
    El servicio social se define como actividad formativa y de aplicación de conocimientos que de manera temporal y obligatoria realizan los alumnos o pasantes de la Universidad y de las instituciones que imparten programas educativos con reconocimiento de validez oficial de estudios, en beneficio de los diferentes sectores de la sociedad. 
    El servicio social debe de integrar las dos funciones sustantivas, vincular a la universidad con la sociedad y los sectores que la integran en apoyo a la solución de las problemáticas que se presentan, y a la vez apoyar la formación integral de los estudiantes.
    - La prestación del servicio social es un requisito indispensable para la  titulación de los programas educativos.
    - La prestación del servicio social universitario no genera una relación  de tipo laboral entre el prestador de servicio social y la dependencia de adscripción.
    - El número de horas que deberán dedicar al servicio social los  alumnos o pasantes, será de 480 horas,
     
    Los estudiantes de licenciatura, deberán haber cursado 231 del total de créditos del plan de estudios  correspondiente;
     
    Unidad de servicio social.
     
    http://cuci.udg.mx/servicio-social
           Reglamento General de Servicio Social UdeG.
     
    Reglamento General para la Prestación del Servicio Social http://www.udg.mx/es/nuestra/normatividad/norm-reglamento-general-para-la-prestacion-del-servicio-social